Una consolidada tradición y disposiciones reglamentarias obligan a
la realización de un acto público y solemne en este paraninfo
cuando asumen sus cargos los miembros de una nueva junta directiva. Se asigna
tal importancia a este acontecimiento porque quienes asumen la dirección
temporal de la corporación tienen la obligación de comunicar sus
planes a la comunidad académica. Normalmente, ante una calificada audiencia
como la que esta tarde asiste a este recinto, los nuevos directores de la academia
divulgan los propósitos de mejoramiento de las tareas de investigación
y de divulgación que atañen a la corporación. Por ello,
en la primera parte de esta breve exposición se hará una sucinta
referencia a tales planes, pero como la naturaleza de una Academia de Ciencias
Políticas y Sociales está vinculada a la defensa del estado de
derecho, al reconocimiento de la democracia como sistema civilizado de convivencia
proclamado constitucionalmente y a la reflexión sobre el destino del
hombre en la sociedad en que vive, quien les habla asumirá el riesgo
de emitir opiniones que no reflejan necesariamente el pensamiento de sus colegas
ni comprometen a la corporación.
Antes de hacerlo, sin embargo, es mi deber efectuar un reconocimiento a la tarea
disciplinada y fructífera que cumplió la junta directiva que presidió
el eminente jurista Gustavo Planchart Manrique, quien dirigió con acierto
y prudencia a la corporación durante dos años. Es también
mi deber lamentar la ausencia de uno de los directores, el ilustre académico
Boris Bunimov Parra, quien siempre será recordado con afecto y admiración
por quienes fuimos sus amigos. Me acompañarán en las tareas de
dirección muy distinguidos académicos, con credenciales ampliamente
conocidas: los Dres. Gonzalo Pérez Luciani, Tatiana de Maekelt, Luis
Cova Arria, Carlos Leáñez Sievert y Román José Duque
Corredor.
La Junta Directiva que a partir de hoy asume la responsabilidad de conducir
los asuntos de la corporación va a continuar con las actividades tradicionales
de divulgación del pensamiento científico a través de foros,
conferencias, congresos y jornadas; a través de la publicación
de nuevas obras en las diversas series; y a través de nuevas investigaciones
por medio de su centro de investigaciones jurídicas. Con la finalidad
de atender las necesidades más perentorias de la comunidad jurídica,
recientemente se realizó con gran éxito un foro sobre reforma
agraria, coordinado por el Profesor Román J. Duque Corredor; y en este
momento se está preparando un foro sobre la reforma penal por los Profesores
Alberto Arteaga Sánchez y Jesús Ramón Quintero para dar
una visión de urgencia sobre las reformas ocurridas en este campo. Se
están haciendo los preparativos para convocar para el mes de octubre
unas jornadas sobre derecho de grupos de sociedades, porque la actividad empresarial
es, por regla general, actividad de grupos más que de empresas o sociedades
aisladas. Este es un fenómeno de alcance mundial. El manejo adecuado
de los conceptos, de los principios, de las relaciones y del régimen
de la responsabilidad de los grupos es presupuesto de un buen asesoramiento
profesional. La urgencia de esta reunión se acentúa si se toman
en cuenta los disparates de la jurisprudencia.
La nueva Junta Directiva le asigna importancia preponderante al proyecto de
digitalización de las publicaciones jurídicas venezolanas y a
su puesta a disposición de los investigadores, docentes, estudiantes,
profesionales y demás interesados a través de la plataforma electrónica
de su página web. A tal efecto, se continuará el proceso de suscripción
de acuerdos entre la biblioteca de la Academia y las demás bibliotecas
jurídicas para ofrecer al usuario una red que le permita acceder a la
información donde ésta se encuentre.
La Academia piensa aceptar la invitación para participar en un congreso
de Academias de Ciencias Políticas, va a estrechar los lazos con las
organizaciones similares de otros países y va a procurar suscribir acuerdos
con fundaciones nacionales e internacionales para la divulgación de obras
científicas. Igualmente, la Academia estrechará aún más
los lazos que mantiene con las facultades de derecho y con las organizaciones
representativas de la profesión jurídica. Espera también
fortalecer contactos con las escuelas de estudios políticos.
Las academias, tradicionales y contemporáneas, son organizaciones que
promueven el desarrollo cultural y científico y la libertad de pensamiento.
A ellas pertenecen individuos de las más opuestas ideologías,
a quienes sólo se les exige credenciales intelectuales. No son las academias
venezolanas similares a las que han existido en estados totalitarios, tal como
la tristemente célebre Academia de Ciencias de la URSS, a la cual sólo
se podía ingresar si se era miembro del partido único (el Partido
Comunista) o con su venia.
La comunidad jurídica venezolana ha venido presenciando acontecimientos
muy preocupantes, acontecimientos de tal gravedad, que algunos de ellos han
sido motivo para que la Academia de Ciencias Políticas y Sociales o los
miembros de la Academia individualmente hayan sentido la obligación de
manifestar públicamente su opinión sobre actuaciones de los Poderes
Públicos, lo que no había ocurrido en los noventa años
de historia que esta Institución está a punto de cumplir. Por
cierto, pudiera no ser casualidad que a raíz de estos pronunciamientos
un abogado haya presentado una demanda ante la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia solicitando que se declare la nulidad de algunas disposiciones
de la Ley y del Reglamento de la Academia que atañen al principio de
cooptación conforme al cual se postulan candidatos para ser miembro de
esta institución. Los pronunciamientos de la Academia ocurrieron con
motivo de la iniciativa para la discusión de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Justicia; con la ocupación de la sede y la destitución
de los jueces de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo; con la pretensión
del Ejecutivo Nacional de forzar al Banco Central de Venezuela a entregarle
mil millones de dólares de su patrimonio; y con la sentencia Nº 442 de
23 de marzo de 2004 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia
que arrebató a la Sala Electoral la competencia para el conocimiento
de los recursos relacionados con el referendum revocatorio del Presidente de
la República. Para hacer tales pronunciamientos, la Academia tuvo en
cuenta que era imperativo que el Parlamento atendiera escrupulosamente el régimen
constitucional del trámite de las leyes orgánicas; que no se debía
irrespetar a los jueces; que se debía respetar la autonomía del
ente emisor de la moneda; y que la correcta interpretación constitucional
de los asuntos jurídico-electorales estaba vinculada al funcionamiento
de la democracia como sistema político. Los asuntos citados alarmaron
a los académicos de ciencias políticas y sociales. No había
todavía ocurrido el desconocimiento de los principios de la cosa juzgada
(res judicata) y de que nadie puede ser juzgado mas de una vez por los mismos
hechos (non bis in idem), en una sentencia que seguramente le daría la
vuelta al mundo y sería recogida por los textos de derecho constitucional,
de derecho penal y de derecho procesal como ejemplo de que hay un país
donde esos principios, si bien son concebidos como absolutos por los ordenamientos
jurídicos de los países civilizados, pueden ser convertidos en
relativos por los jueces, si no fuera porque esa sentencia corresponde al arquetipo
de las sentencias de los regímenes totalitarios: por encima de la ley
formal, por encima de disposiciones expresas en contrario, por encima de las
reglas de la interpretación jurídica, prevalecen los fines e intereses
del Estado totalitario. El abierto desconocimiento que la mayoría parlamentaria
hizo de las reglas constitucionales para la discusión y aprobación
de las leyes orgánicas se extendió luego a las normas para la
elección de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y desembocó
en una escogencia unilateral de éstos, contraria a preceptos constitucionales,
sin participación de la sociedad civil ni del resto de los grupos o partidos
políticos. La actuación militante del Consejo Nacional Electoral
en el referendum revocatorio después de la paralización de la
actividad de la Sala Electoral ha sido mayoritariamente repudiada por los grupos
políticos de la oposición, los cuales han cuestionado el resultado
del propio referendum, al cual han calificado de fraudulento. Es una lástima
que detrás de estos controversiales sucesos se encuentren actuaciones
parlamentarias o judiciales que hubieran podido ser equilibradas, ser percibidas
como independientes por la oposición o ser una manifestación del
principio de contrapesos propio de la separación de poderes.
La escogencia de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia por un método
unilateral, sin participación de la sociedad civil organizada ni de la
pluralidad de los partidos o grupos políticos que representan a la sociedad
como un todo, es profundamente antidemocrática, altera el principio de
separación e independencia de los poderes y constituye una burla al propio
texto constitucional que recoge ese principio. Al proceder de tal modo, el partido
gobernante da una prueba tangible de querer conseguir el monopolio del poder,
conquistándolo por medios legales o ilegales. Tal conducta representa
una paradoja, si se toma en cuenta que quienes gobiernan llegaron al poder con
la promesa de perfeccionar la democracia, no de desmejorarla. La práctica
desaparición de la independencia del Poder Judicial que se manifiesta
en la escogencia unilateral hecha por el partido gobernante no es, sin embargo,
un hecho aislado. El mismo forma parte de la progresiva configuración
de un modelo autoritario en el cual muchos perciben una concepción integrista
de la política; una aspiración de hegemonía; un sistema
político policial en el cual los jueces son utilizados como instrumentos
de criminalización de la actividad política; una prédica
permanente contra enemigos internos y externos; el uso de una retórica
inmoderada, radical y extrema; la organización de milicias o grupos de
defensa; la exclusión de grupos de ciudadanos a través de la consulta
de listas electorales; la publicidad abusiva; la creación de pseudo-universidades;
la reforma de la Ley de Universidades por medio de un Reglamento; el rumor de
una reforma educativa y del derecho de familia que aterroriza a vastos sectores
de la población. En el pináculo de todo este proceso se encuentra
la pretensión de hacer de un líder carismático el intérprete
de una supuesta voluntad histórica del más grande de nuestros
antepasados y de la voluntad del pueblo, líder que ha anunciado que la
alternabilidad no es de la esencia de la democracia y ha proclamado, sin consultar
a nadie, el advenimiento de una utopía socialista.
El ofrecimiento de un socialismo idealizado, con olvido deliberado de las perversiones
a que dio lugar su aplicación en la antigua Unión Soviética
y en los países de Europa Oriental, así como de la cruda realidad
de la tiranía castrista en Cuba, con un pasado criminal de fusilamientos,
torturas, clínicas psiquiátricas, gulags, desplazamientos de poblaciones
enteras, presos políticos, procesos judiciales que han pasado a la historia
como ejemplos de burla sangrienta (los procesos de Moscú), partido único,
sin libertad de pensamiento y sin economía libre; y la promesa de un
nuevo orden con un hombre nuevo, oferta común de las utopías fascitas
y comunistas, tendría que pasar por el tamiz de una reforma constitucional,
porque la actual Constitución venezolana contiene una consagración
del sistema de economía de mercado. Ahora bien ¿cómo ir
a una reforma constitucional en las actuales condiciones?¿cómo
ir a un eventual referendum o a cualquier proceso comicial sin árbitros
electorales y judiciales imparciales?. Tal conducta equivaldría a un
suicidio. La alternativa no es otra que un amplio movimiento de participación
política activa, un regreso al depósito de la confianza en los
partidos políticos y en los líderes políticos, porque uno
de los hechos más lamentables de los tiempos actuales es el derrumbe
de los partidos políticos como canales naturales para conducir las opiniones
plurales de una sociedad democrática. Tal situación equivale a
la existencia de una democracia imperfecta, más defectuosa aún
que la deteriorada democracia de la etapa civil de 1958 a 1998, cuyas deformidades
han sido exageradas ad nauseam, en un satánico ritual de simplificación
en el cual ha participado la gran mayoría de la sociedad venezolana.
No es cierto que las imperfecciones de la democracia de los cuarenta años
que van de 1958 a 1998 la hicieran abominable, pero al admitir tal aserto como
punto de partida o premisa mayor de un silogismo político -más
bien de un sofisma- la mayoría de la sociedad venezolana accedió
de manera implícita a la destrucción de un pasado y de una experiencia
que también contenían rasgos muy positivos. Uno de los elementos
más positivos de esa etapa democrática era, precisamente, la existencia
de partidos políticos con ideologías precisas, afectados por los
errores y por la corrupción, es cierto, pero no por ello menos aptos
para ser los intermediarios de la sociedad civil. Los partidos políticos
no son materiales desechables, pero los analistas políticos no advirtieron
la involuntaria complicidad que le prestaron a los interesados verdugos cuando
éstos ejecutaron la sentencia de muerte contra los partidos. Al abandonar
los partidos a su suerte, culpándolos de todos los males en cuya configuración
la propia sociedad civil había participado, la sociedad civil se hizo
más débil. La sociedad civil todavía no se decide a reconstruir
las estructuras políticas derrumbadas, apenas si se refugia en la ambigua
y genérica frase "todos fuimos culpables", como si ello fuera
suficiente para eximirla de su pecado y de su responsabilidad. Mientras más
demore la sociedad civil en regresar al entusiasmo por los partidos o al reconocimiento
de su imperiosa necesidad, más tiempo tardará la reconstrucción
de un sano tejido político.
En un régimen totalitario, de signo comunista o de signo fascista, el
derecho cumple una simple función secundaria e instrumental. Por ello
los jueces tienen que compartir la ideología dominante y estar dispuestos
a sentenciar, no conforme a los principios jurídicos, sino conforme a
la conveniencia del régimen, convertido en un valor superior. Cuando
un magistrado se declara revolucionario, es decir, partidario de la ideología
dominante, ya se sabe en que dirección irán sus sentencias. La
sentencia contraria a la cosa juzgada y al principio prohibitivo del doble enjuiciamiento
que acaba de ser dictada por la Sala Constitucional es una sentencia genuinamente
revolucionaria del Tribunal Supremo de Justicia: es una sentencia que no se
detiene ante los límites establecidos por los principios clásicos
del derecho o por expresas declaraciones constitucionales, sino que decide en
función de conveniencias políticas públicamente declaradas.
El para entonces Presidente del Tribunal Supremo invitó descaradamente
al Fiscal General de la República a que presentara el recurso para anular
la sentencia definitiva dictada por una de las salas del Tribunal Supremo y
todo el rito se cumplió a cabalidad. Se está frente a la aplicación
de un nuevo derecho, el derecho revolucionario; y frente al funcionamiento de
una nueva justicia, la justicia revolucionaria. Corresponde a cada uno de los
abogados de la República, a cada uno de los profesores de derecho, a
cada uno de los académicos y a cada uno de los ciudadanos tomar posición
en este enfrentamiento entre civilización y barbarie, entre democracia
y totalitarismo, entre derecho y arbitrariedad. Las academias, como instituciones,
quedarán al margen de este debate, pero los académicos no nos
podremos refugiar bajo ningún pretexto. Como se sabe, en las actas de
los juicios de Nüremberg contra los jueces alemanes de la época
nazi no se encuentra una sola explicación digna para la conducta antijurídica
que los magistrados adoptaron, pero sí se encontró que en las
primeras semanas del régimen nazi, en 1933 , se publicó en la
Revista Alemana de Jueces un juramento por medio del cual los jueces se comprometían
a seguir al líder en su camino como juristas alemanes. Como también
se sabe, en los setenta años de funcionamiento del régimen comunista
en la antigua Unión Soviética no se produjo el nacimiento de ninguna
teoría, de ningún concepto ni de ningún principio que haya
contribuido al progreso de la ciencia jurídica como la conocemos en occidente.
¿Recuerda alguien el nombre de algún jurista ruso o de alguna
obra jurídica notable? Son setenta años de oscuridad y de ignominia
para el derecho.
La actuación de los órganos del Poder Judicial en Venezuela está
abierta al disentimiento. Las formas del disentimiento son muchas y variadas,
pero las de los verdaderos juristas tienen que estar construidas conforme a
las reglas de la razón. Al uso de esas reglas los invito. Porque ellas
prevalecerán. Mientras más arbitrarias sean las decisiones judiciales
y mientras más claras y convincentes sean las razones de quienes las
adversan, más débil será el régimen totalitario
que se sirve de quienes administran tal clase de justicia.